¿Tienes derecho a entrar con comida al cine?

La asociación de consumidores FACUA demanda a varias salas por prohibir a los espectadores llevarse las palomitas y el refresco de casa.
¿Tienes derecho a entrar con comida al cine?
¿Tienes derecho a entrar con comida al cine?
¿Tienes derecho a entrar con comida al cine?

Es un ritual tan consolidado que apenas nos planteamos su necesidad... o su obligatoriedad. Merced a la fuerza de la costumbre y la propaganda que le hacen las propias películas, el hábito de comprar un refresco y unas palomitas (u otros tentempiés más exóticos) antes de entrar al cine resulta impepinable, por más que los precios en el puesto de rigor resulten astronómicos. Dado esto último, eso sí, no es extraño que muchos espectadores decidan tirar por el camino de enmedio, entrando a la sala con sus propias bebidas y comestibles... y enfrentándose por ello a los empleados del local, que, en muchas ocasiones, le llamarán la atención e incluso le obligarán a abandonar su butaca. ¿Qué normas les asisten para ello? ¿O será que no les asiste ninguna, y que nos están privando del derecho de entrar al cine con nuestra propia comida?

La asociación de consumidores FACUA opina esto último. De hecho, este organismo acaba de denunciar a tres salas (Cinesa Xanadú Kinépolis, ambas en la Comunidad de Madrid, y Pontevedra Cinexpo, en Galicia) por vetarles la entrada a los espectadores que se llevaban la merienda con ellos. Según recuerda su web, esta no es la primera denuncia que interpone FACUA contra empresas exhibidoras: la asociación ya encausó a locales en Cádiz y Madrid por el mismo motivo.

Ahora bien, ¿quién lleva la razón aquí? Por una parte, el comunicado de FACUA cita el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, cuyo artículo 82 considera como abusivas "todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente" que causen a mala fe "un desequilibrio importante" entre los derechos y obligaciones de consumidor y empresa. Por otra parte, las empresas exhibidoras recuerdan que sus locales ofrecen servicios de café-bar, con lo cual entrar en ellos con (pongamos) un bocadillo de atún con pimientos está tan fuera de lugar como hacer lo propio en un restaurante. Y, para ello, se apoyan en la ley de 1982 que les permite reservarse el derecho de admisión.

"En un restaurante sería razonable, pero los servicios que ofrecen los cines no son de hostelería", afirma Rubén González, portavoz de FACUA. Según explica, el propósito de la asociación con sus denuncias es el de "movilizar a los usuarios ante una práctica de los cines que, en su momento, se erradicó, pero que últimamente está volviendo". González habla de "informes del gobierno central y de varias comunidades autónomas que ponen en duda la legalidad de esta prohibición", y proporciona una analogía que puede ponerle los pelos de punta a más de un miope: "Imagina", nos dice, "que de repente los cines empezaran a sacar licencias de óptica y te dijeran 'aquí no vas a entrar con tus gafas, sólo puedes entrar con las que te vamos a vender nosotros".

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Aquí empezamos a liarnos: según explica este artículo, la prioridad en este caso le corresponde a los reglamentos de cada comunidad autónoma. Así pues, aunque una ley del gobierno central estipule límites a las condiciones para el derecho de admisión, encontramos límites diferentes según acudamos a las normas de Asturias, Galicia, Andalucía o Madrid. Rebuscando un poco en las hemerotecas, uno puede encontrarse con casos como el de Javier Carballovecino de Orense que fue obligado a abandonar una sala. ¿Su transgresión? Beber de un botellín de agua que no había adquirido en la cafetería del local.

Asimismo, la misma fuente indica que la legislación en Andalucía es la única que prohibe expresamente acudir con comida y bebida a establecimientos públicos. Aunque, avisa, la ley parece más concebida para bares o restaurantes que para cines. Rubén González, además, nos avisa de que estas normas tienen un nivel más: el del ayuntamiento en cuyo territorio se encuentren los cines. "En Andalucía, un ayuntamiento podría permitirle a una discoteca que pusiera un cartel de 'no se admiten gitanos' en la puerta", indica el portavoz de FACUA. "Pero eso no quitaría que una prohibición así vulnerase la Constitución, y los derechos fundamentales de los ciudadanos. Esta situación no es así de grave, pero es similar".

Por otra parte, hay un tema que aún no hemos mencionado: el del dinero. Porque, en el cómputo de beneficios de una sala de cine, las palomitas y demás chucherías resultan mucho más importantes que la venta de entradas. Es más: con frecuencia, esta última sólo sirve para cubrir gastos. De acuerdo con Rubén González, el precio de estos productos es "un sobreprecio añadido a la entrada" y una imposición al usuario. "El espectador no tiene por qué pagar un plus, adquiriendo productos cuyo precio es, a veces, diez veces mayor que el que tienen en la calle". Con toda la ley en la mano, señala el portavoz, sólo uno sólo debería tener prohibido llevar su comida al cine en dos casos: "Primero, si en la sala de cine estuviera prohibido comer, cosa que seguro que le gustaría a más de uno, porque los hay que no aguantan el ruido de las palomitas. O, también, si uno quisiera entrar a la sala llevando comidas con salsas que puedan manchar las butacas o armar un estropicio". Ahora bien, González tiene sus dudas con esto último: "Si te fijas, hay cada vez más cines cuyas cafeterías sirven nachos con queso...".

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